verifiedDocumento oficial · MEC Paraguay

Resolución N° 656/2026

El Ministerio de Educación y Ciencias de la República del Paraguay aprueba el registro y funcionamiento del Instituto Técnico Superior CAM como institución certificadora oficial de competencias lingüísticas en idioma español.

Fundamento legal: Ley N° 7324/2024 · Resolución CONES N° 305/2024 · Resolución Ministerial N° 610/2025.

Transcripción oficial

Transcripción textual del documento oficial emitido por el Ministerio de Educación y Ciencias de la República del Paraguay. El PDF original se encuentra disponible para descarga en esta misma página.

Resolución N° 656/2026 · Ministerio de Educación y Ciencias

POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGISTRO Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO TÉCNICO SUPERIOR CAM, COMO INSTITUCIÓN CERTIFICADORA DE COMPETENCIAS LINGÜÍSTICAS EN IDIOMA ESPAÑOL

Asunción, 20 de mayo de 2026

VISTA

La Nota de fecha 24 de abril de 2026, presentada por la señora Lucía María Roca, representante del Instituto Técnico Superior CAM, y;

CONSIDERANDO

Que, la Ley N° 5749/2017 "Que establece la Carta Orgánica del Ministerio de Educación y Ciencias", en su artículo 3° "Competencia", indica: "El Ministerio de Educación y Ciencias es el órgano rector del sistema educativo nacional y como tal, es responsable de establecer la política educativa nacional en concordancia con los planes de desarrollo nacional; conforme lo dispone la Constitución Nacional y la Ley N° 1264/98 'GENERAL DE EDUCACIÓN'"; en su artículo 17 "Funciones del ministro" dispone: "El Ministro de Educación y Ciencias es la máxima autoridad institucional y como tal posee las siguientes funciones... a) ejercer la representación del Ministerio de Educación y Ciencias y conforme a los requerimientos designar a sus representantes... e) promover el mejoramiento del sistema educativo con base en la evaluación, la investigación y la innovación permanente... l) cumplir y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales relativas a sus funciones, así como las resoluciones emanadas en esta instancia...";

Que, la Ley N° 7324/2024 "Que establece requisitos de competencia lingüística para estudiantes extranjeros en estudios de grado y posgrado en instituciones de educación superior de la República" en su artículo 2° dispone: "Los estudiantes extranjeros cuya lengua nativa no sea un idioma oficial de la República, que desean cursar sus estudios en la educación superior en los niveles de grado o posgrado dentro del territorio nacional, además de los requisitos académicos exigidos según cada institución de educación superior, deberán acreditar su competencia lingüística oral y escrita en el idioma oficial en el cual se dicte el curso a través de certificados de exámenes estandarizados reconocidos internacionalmente"; asimismo, en su artículo 4° establece: "El Ministerio de Educación y Ciencias no procederá al registro de títulos de grado o posgrado de estudiantes extranjeros, cuya lengua nativa no sea un idioma oficial, sin que conste la documentación que acredite competencias lingüísticas en el legajo remitido por la institución de educación superior";

Que, la Resolución CONES N° 305 de fecha 13 de diciembre de 2024, del Consejo Nacional de Educación Superior, "Por la cual se reglamenta la Ley 7324/2024 'Que establece requisitos de competencia lingüística para estudiantes extranjeros en estudios de grado y posgrado en instituciones de educación superior de la República'", en su artículo 5° "Registro y Control" dispone: "Las instituciones de certificación deberán cumplir con la reglamentación del Ministerio de Educación y Ciencias para su registro y funcionamiento. Al efecto del registro se tendrán en cuenta, entre otros, criterios de objetividad, seguridad, imparcialidad, y no confusión, entendiéndose que las IES, directa o indirectamente, no podrán ser certificadoras de ellas mismas";

La Resolución Ministerial N° 610 de fecha 24 de abril de 2025, "Por la cual se aprueban los requisitos y el procedimiento para el registro y funcionamiento de las instituciones que certificarán la competencia lingüística a estudiantes extranjeros en estudios de grado y posgrado en Instituciones de Educación Superior de la República";

Que, la Dirección General del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, por Memorándum DTL - INEE N° 025 de fecha 07 de mayo de 2026, ha presentado el Informe Técnico Legal N° 024, analizando las documentaciones remitidas por el Instituto Técnico Superior CAM, para el registro y funcionamiento como Institución Certificadora de Competencia Lingüística;

Que, por Dictamen DGAJ N° 104/2026 de fecha 18 de mayo de 2026, la Dirección General de Asesoría Jurídica de este Ministerio, indica: "...esta Dirección General de Asesoría Jurídica, considera que se hallan reunidos todos los presupuestos de validez formal y sustancial para la emisión del acto administrativo...";

Que, se han verificado las documentaciones presentadas por el Instituto Técnico Superior CAM, sobre las que se han realizado los análisis técnico y jurídico correspondientes, concluyendo que la misma reúne todos los requisitos para ser reconocida como Institución Certificadora de Competencias Lingüísticas en idioma español, aprobando su registro y funcionamiento.

Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CIENCIAS
RESUELVE:

1°.— APROBAR el registro y funcionamiento del Instituto Técnico Superior CAM como Institución Certificadora de Competencias Lingüísticas en español.

2°.— COMUNICAR a quienes corresponda y cumplido archivar.

Documento firmado por el Ministro de Educación y Ciencias y refrendado por la Secretaría General del Ministerio.

Preguntas frecuentes sobre la Resolución N° 656

¿Qué certifica la Resolución N° 656/2026?expand_more

La Resolución N° 656 del Ministerio de Educación y Ciencias de la República del Paraguay, de fecha 20 de mayo de 2026, aprueba el registro y funcionamiento del Instituto Técnico Superior CAM como institución certificadora oficial de competencias lingüísticas en idioma español. Esto significa que CAM Instituto está habilitado por el Estado paraguayo para evaluar y emitir certificados oficiales del nivel de español de hablantes no nativos.

¿En qué ley se basa esta resolución?expand_more

La resolución se fundamenta en la Ley N° 7324/2024, que establece requisitos de competencia lingüística para estudiantes extranjeros en estudios de grado y posgrado en instituciones de educación superior de la República del Paraguay. También se apoya en la Resolución CONES N° 305/2024 y en la Resolución Ministerial N° 610/2025 que regula el procedimiento de registro de instituciones certificadoras.

¿Mi certificado CAM-ELE es reconocido oficialmente?expand_more

Sí. Al estar CAM Instituto reconocido por el MEC Paraguay mediante la Resolución N° 656/2026, los certificados CAM-ELE (CAM · Español como Lengua Extranjera) tienen validez oficial para la inscripción de títulos de grado y posgrado de estudiantes extranjeros en instituciones de educación superior de la República del Paraguay.

¿Puedo verificar la autenticidad de este documento?expand_more

Sí. La resolución fue emitida y firmada por el Ministro de Educación y Ciencias de Paraguay, con refrenda de la Secretaría General del MEC. Para verificaciones oficiales adicionales podés contactar a la Dirección General del Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE), que emitió el Informe Técnico Legal N° 024 que respalda esta resolución, o escribirnos directamente para que te acerquemos los contactos pertinentes del MEC.

¿Dónde puedo rendir el examen CAM-ELE?expand_more

CAM Instituto cuenta con sedes en Rosario, Argentina (Ovidio Lagos 640, Santa Fe) y en Ciudad del Este, Paraguay (Av. Rogelio Benítez c/ 4 de Mayo, Alto Paraná). Para conocer el calendario de exámenes y modalidades disponibles podés consultar en nuestra página del examen o escribirnos por WhatsApp.

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